Según el calendario propuesto para el período 2012-1 está establecido que hay plazo para cancelar asignaturas hasta el próximo 25 de mayo.
Se cita a continuación el Artículo 58 del reglamento estudiantil del Instituto Tecnológico Metropolitano para contextualizar la procedencia de la fecha publicada. Cabe anotar que la forma voluntaria es solo una de las alternativas para la cancelación de una asignatura.
Así pues, si existe alguna situación desfavorable que posiblemente impida la aprobación de una asignatura, puede contar con la oportunidad de no afectar su promedio académico y darse una revancha en el próximo período académico.Artículo 58°.- Procedencia de la cancelación. La cancelación voluntaria de asignatura o asignaturas es procedente en cualquier momento del período académico o semestre, el que se cuenta para efectos de este artículo hasta cinco (5) días hábiles anteriores a la fecha señalada para la presentación del examen final.
Esta cancelación voluntaria se sujetará únicamente a las siguientes limitaciones:
a. Las asignaturas canceladas no pueden ser reemplazadas por otras ni objeto de devolución de dinero.b. No habrá cancelación voluntaria, en un mismo período académico, de asignaturas canceladas por
inasistencia.
c. Una misma asignatura se podrá cancelar hasta por dos (2) veces.
d. Si se trata de una asignatura que es correquisito de otra u otras, para autorizar su cancelación deberá cancelarse también la asignatura(s) de la cual ésta(s) es correquisito.
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